Unasev apoya actuación de los inspectores de tránsito en el caso Mieres

En un comunicado recuerda que la velocidad es uno de los principales riesgos en el tránsito y señala que nada justifica una agresión.

En un comunicado emitido este viernes, la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) expresa su postura sobre el caso del senador del Partido Independiente, Pablo Mieres, que llamó “delincuentes” a inspectores de tránsito que lo multaron por exceso de velocidad. Los inspectores filmaron al legislador, sin que él se diera cuenta, y el video (ver arriba) fue publicado luego en las redes sociales.

El texto de Unasev deja claro el apoyo del organismo a la actuación de los inspectores y resalta que “la velocidad es uno de los principales factores de riesgo vial”. Las autoridades en vigilancia y control de tránsito “tienen el mandato legal y funcional de cumplir y hacer cumplir la normativa, que no son otra cosa que las 'reglas de juego' que nos hemos impuesto como sociedad”, afirma la Unasev.

Además, señala que “ninguna situación justifica ni compadece la agresión física o verbal sobre ninguna persona, y mucho menos sobre los funcionarios públicos a quienes hemos encomendado la imprescindible función de velar por el cumplimiento de las normas de convivencia”.

La intención del comunicado, firmado por Gerardo Barrios, Presidente de Unasev, y Pablo Inthamoussu, director, es buscar “que el episodio sea un auténtico disparador de reflexión colectiva, evitando la crispación y el análisis simplista de una situación particular, promoviendo serenamente un análisis introspectivo sobre el rol y la actitud de cada uno de nosotros en el tránsito, en la más absoluta convicción de que el cambio cultural es posible”.

Este es el comunicado completo:

Ante los hechos de pública notoriedad vinculados con la detección del exceso de velocidad, sanción aplicada por personal de la IM, y posterior reacción del Senador de la República Lic. Pablo Mieres, y dado los requerimientos de nuestra opinión por parte de algunos medios de prensa, entendemos necesario precisar:

1) La velocidad es uno de los principales factores de riesgo vial, junto al consumo de alcohol y otras drogas, el no uso del cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil, el no uso del casco en motociclistas, las condiciones de visibilidad (luces diurnas en los vehículos y vestimenta de alta visibilidad en motociclistas, ciclistas y peatones) y las distracciones al conducir.

2) La velocidad excesiva o inadecuada está implicada en uno de cada tres siniestros graves y fatales según estudios que se han realizado internacionalmente.

3) La fijación de los límites de velocidad no responde únicamente a criterios de ingeniería vial y/o a circulación vehicular, sino que, particularmente en zonas urbanas, obedece a la presencia de peatones y su interacción con el flujo vehicular.

4) La velocidad impacta directamente en las posibilidades de sobrevida de un peatón embestido (el 17,3% de los fallecidos en el tránsito en 2014 lo eran) y reduce la capacidad de reacción en quien conduce.

5) La evidencia científica demuestra que la reducción en los límites de velocidad impacta directa y positivamente en la severidad, y en la propia siniestralidad. Varios países con excelentes resultados en seguridad vial están implantando las “zonas 30” y diversas estrategias para calmar el tránsito.

6) La Intendencia de Montevideo ha sido pionera en los controles rigurosos sobre la velocidad, y es Montevideo el departamento con una de las menores tasas de fallecidos cada 100.000 habitantes del país, pese a su condición de capital, lo que provoca una movilidad intensa en sus arterias.

7) La estrategia nacional de Seguridad Vial desarrollará y extenderá controles masivos de velocidad en ciudades y carreteras mediante la incorporación de tecnología fija -con el objetivo de reducir la velocidad en puntos identificados como problemáticos- y móvil -con el objetivo de generar la sensación de control para el respeto de los límites establecidos-.

8) Las autoridades en materia de vigilancia y control del tránsito, ya sean los gobiernos departamentales o las unidades dependientes del Ministerio del Interior, tienen el mandato legal y funcional de cumplir y hacer cumplir la normativa, que no son otra cosa que las “reglas de juego” que nos hemos impuesto como sociedad.

9) Las garantías del debido proceso protegen los derechos ciudadanos, y existen los canales administrativos adecuados para cuestionar una determinada política ante la autoridad legitimada que la aplica.

10) Ninguna situación justifica ni compadece la agresión física o verbal sobre ninguna persona, y mucho menos sobre los funcionarios públicos a quienes hemos encomendado la imprescindible función de velar por el cumplimiento de las normas de convivencia.

11) Instamos a que el episodio sea un auténtico disparador de reflexión colectiva, evitando la crispación y el análisis simplista de una situación particular, promoviendo serenamente un análisis introspectivo sobre el rol y la actitud de cada uno de nosotros en el tránsito, en la más absoluta convicción de que el cambio cultural es posible.

 

Dr. Gerardo Barrios            Pablo Inthamoussu

PRESIDENTE                           DIRECTOR

 

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