JUSTICIA

Condenaron a 3 años de cárcel al taxista que abusó de una joven a la que trasladó de Las Piedras al Prado

La Justicia dispuso además de la condena la pérdida e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, la obligación de reparar patrimonialmente a la víctima y el ingreso del hombre al Registro de Violadores y Abusadores Sexuales.

El juez penal Alejandro Asteggiante condenó este lunes en primera instancia a tres años de cárcel al taxista que abusó sexualmente de una joven de 18 años.

El 24 de marzo de 2024, la víctima fue a bailar con amigas a un local de Las Piedras. A las 6 de la madrugada, decidió regresar y se tomó un taxi en el lugar, conducido por el imputado. La joven le pidió al conductor que la llevara a un domicilio en el Prado de Montevideo.

Al llegar al lugar, el hombre estacionó el taxi, tomó a la víctima por el cuello y la sometió a una situación de abuso sexual. Durante el hecho, por momentos, la joven permaneció con la cabeza caída para el costado, tumbada e inconsciente, según figura en el expediente al que accedió Subrayado.

El accionar del hombre quedó registrado por las cámaras de videovigilancia de la vivienda. Tras lo ocurrido, la víctima logró bajar del taxi y golpear la puerta de la casa, que fue el antiguo domicilio de su padre. El nuevo propietario de la vivienda salió en auxilio a la víctima, quien ingresó a la casa "desnorteada e ida", mientras el taxista le reclamaba el pago del viaje. El testigo le pagó los 2.000 pesos del viaje y llamó al padre de la víctima, que fue a buscar a su hija.

El hombre había sido imputado el 10 de mayo de 2024 por abuso sexual y entonces se dispuso la prisión preventiva por 60 días como medida cautelar. Luego, un Tribunal de Apelaciones consideró excesiva la medida y la redujo hasta el 13 de junio.

En la apertura del juicio oral, el 9 de diciembre de 2024, la fiscal de Delitos Sexuales, Virginia Sigona, había pedido una pena de diez años de cárcel. Luego, en la audiencia de control de acusación las partes arribaron a un acuerdo que dio por acreditado el hecho y la calidad de primario absoluto del imputado, para una condena de tres años de cárcel.

Además, sobre el imputado se dispuso la pérdida e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, cargos públicos o privados en la educación o en la salud por un plazo de diez años.

El taxista deberá reparar patrimonialmente a la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado o en su defecto a doce salarios mínimos nacionales. Asimismo, se dispuso su ingreso en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.

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