SCJ DESESTIMÓ CASACIÓN

Confirman condena del expolicía Alejandro Ferreira por causa de "Los Vagones" y deberá cumplir pena en prisión

La SCJ dejó firme el pronunciamiento del Tribunal de Apelaciones que lo condenó a 9 años de cárcel. Este jueves, cuando lo fueron a detener se descompuso y se encuentra internado en el sanatorio Comeca.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó el recurso de casación y nulidad interpuesto por la defensa del expolicía Alejandro Ferreira condenado el 6 de marzo de 2023 como coautor de varios delitos de tortura a 9 años de cárcel en la causa de “Los Vagones”.

Ferreira se desempeñó como agente de policía en la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Canelones, que tenía a su cargo la actuación represiva durante la dictadura militar. Como centro clandestino de detención y torturas se utilizaban “Los Vagones”, que eran tres vagones de ferrocarril de AFE en desuso, primero instalados en la Escuela de Policía de Canelones y luego trasladados al fondo del Parque Artigas, lindero al barrio Olímpico de la capital departamental.

Ferreira cumplió funciones en dicha repartición entre el 19 de julio de 1974 y el 28 de julio de 1976, a las órdenes del director de la unidad, el comisario Guillén. En la causa, declararon 17 víctimas, que en su mayoría reconocieron al acusado como integrante del equipo represor, participando en los interrogatorios y apremios físicos.

La sentencia de primera instancia fue recurrida y el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3º turno mantuvo la condena de 9 años pero cambió la tipificación de tortura a autor de un delito continuado de privación de libertad específicamente agravado, en reiteración real con un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos y este en concurso formal con un delito continuado de lesiones graves especialmente agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito continuado de privación de libertad en calidad de coautor.

La defensa llevó el caso a la SCJ que se pronunció al respecto. Según el fallo al que accedió SUBRAYADO, los magistrados sostienen que “en el caso en análisis, no se advierte arbitrariedad en la determinación de la pena, cuya determinación fue adecuadamente fundada“, y agregan que “la pena aplicada se encuentra dentro de los márgenes legales y no resulta desproporcional, desajustada ni vulneratoria del límite de razonabilidad, de modo que justifique su corrección en casación“.

La Suprema Corte dispuso remitir el expediente al Juzgado Letrado de 3º turno de Canelones para que librara la orden de detención de Ferreira, quien se encontraba en prisión domiciliaria. Este jueves, cuando lo fueron a detener se descompuso y se encuentra internado en el sanatorio Comeca.

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