El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó este martes sobre el feriado no laborable del 1º de marzo por la transmisión de mando del presidente de la República.
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Feriado no laborable el 1º de marzo: ¿Quiénes podrán ser convocados a trabajar y cómo se paga?
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social emitió un comunicado en el que detalla la reglamentación vigente y los derechos de los trabajadores.
El feriado fue establecido, primero, por el decreto N.º 120/985 del 19 de marzo de 1985 en oportunidad de la asunción de Julio María Sanguinetti en el retorno a la democracia hace casi 40 años; luego, la misma disposición la fijó la Ley 10.396 del 13 de febrero de 1943, para la toma de posesión de los integrantes del entonces Consejo Nacional de Gobierno. "Las obligaciones que vencieran ese día serán exigibles el 2 de marzo siguiente", aclara la normativa.
De acuerdo a las disposiciones, los trabajadores tienen derecho, en principio, a no ir a trabajar y el día será pago, igualmente para mensuales como para jornaleros. En caso de que la jornada sea trabajada, el pago será doble.
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Luego, el decreto N.º 201/979 del 4 de abril de 1979, establece que "en aquellas actividades que, por las características del proceso productivo o por la naturaleza de las tareas que cumplen, no admitan interrupción, es facultad del empleador disponer qué trabajadores subordinados cumplirán labor" ese día.
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