DETALLES DEL RECURSO DE APELACIÓN

"No se puede invocar corrupción corrompiendo el debido proceso", dicen abogados que apelaron imputación de Besozzi

Los abogados de Besozzi presentaron un recurso de apelación y nulidad contra la imputación del ex intendente. Dicen que tuvieron 9 horas para contestarle a la fiscal una investigación de varios años.

Los abogados de Guillermo Besozzi presentaron un recurso de apelación y nulidad por considerar que la imputación del ex intendente de Soriano por varios delitos vinculados a corrupción pública se basó en un proceso irregular que les impidió ejercer la defensa como marca la ley vigente.

En ese sentido apuntan a un mal proceder – dicen los abogados – tanto de la fiscal Stella Alciaturi como de la jueza que avaló la formalización y la imposición de arresto domiciliario total de Besozzi mientras continúa el proceso hacia el juicio.

“No se puede invocar corrupción corrompiendo el debido proceso”, advierten los abogados de Besozzi en el escrito de apelación y nulidad.

Besozzi fue imputado “por la presunta comisión como autor plenamente de reiterados delitos de peculado, reiterados delitos de tráfico de influencias, un delito de concusión, reiterados delitos de abuso de funciones y como coautor de un delito de cohecho calificado, todos en régimen de reiteración real”.

“Para la defensa, la formalización de sus defendidos debe ser revocada, ya que en los términos en los que fue dictada se vulnera flagrantemente el derecho de defensa, la defensa técnica como derecho fundamental del justiciable, el principio de contradicción y el principio de igualdad por el que debe velar el Tribunal”, dice el escrito que presentaron los abogados de Besozzi, y al que accedió Subrayado.

“El espíritu del CPP, ha sido avasallado por la prepotencia del Ministerio Público, el que aventajado (investigaba desde 2021), remata en horas, y sin permitir a la defensa saber de qué se tratarían los fundamentos, nada más ni nada menos del pedido de formalización, una jugada de ajedrez tuerto”, dicen los abogados.

El término “ajedrez tuerto” refiere a una variante de este juego donde los rivales no pueden ver todo el tablero, por lo que la partida se vuelve prácticamente imposible.

Nueve horas para preparar la defensa, dicen los abogados

“Consideramos que, en el caso, el agravio también alcanza a la desprotección realizada por la Sra. Juez, en tanto no se conmovió con la advertencia de la defensa, de la situación de indefensión de las personas patrocinadas, así como la obstaculización de la defensa técnica, aun habiendo sido la Sede advertida de la imposibilidad de acceder profesionalmente a la carpeta y ejercer técnicamente la defensa, lo que surge del audio de la audiencia y específicamente de la intervención del Dr. Nelson Rosa”, dice el escrito de apelación.

“Este caso ha sido instaurado en violación del Estado de Derecho, confiamos en no tener que recurrir a Cortes foráneas, y recuperarlo a través de nuestra magistratura judicial”, agregan.

“La detención se llevó a cabo entre las 5 am y las 8 am del día 13 de marzo de 2025. Se informó la designación y la detención a la defensa próximo a la hora 9 am; y se fijó para la audiencia de control de detención y formalización la hora 18:30, del mismo día. Es decir, que desde que la defensa toma contacto con la carpeta investigativa; y se lleva a cabo la audiencia de formalización, existió un lapso de 9 horas y 30 minutos aproximadamente. La defensa se encontró con una carpeta investigativa de la magnitud informada, recabada por la Fiscalía durante casi 4 años, que debía analizar en menos de 9 horas 30 minutos, extremo que es humanamente imposible”, dicen los abogados de Besozzi.

“Pero, además, y ya en audiencia de formalización, la fiscalía leyó su solicitud, de 110 páginas, respecto de la cual, la defensa, no contaba con el conocimiento de la investigación, por las escasas horas de acceso a la misma, para rebatir y/o analizar si lo consignado en la solicitud fiscal se adecuaba objetivamente a lo que surgía de la carpeta investigativa, lo que también impedía realizar la defensa técnica de los imputados. Era humanamente imposible. Los Tribunales tienen la obligación de velar porque ese derecho inviolable sea respetado, y en el caso que nos ocupa tal extremo no se cumplió y ello es evidente”, agrega el escrito.

“Ahora bien, ¿puede una defensa teniendo menos de 9 horas con 30 minutos para analizar una carpeta investigativa que insumió más de 3 años; con al menos 3 meses, 12 horas diarias, de escuchas telefónicas; prepararse e ingresar a un debate contradictorio en igualdad de armas, contra una Fiscalía que contó con más de 3 años de contacto con la carpeta y todas sus resultancias; y que arribó a la audiencia de formalización y dio lectura a 110 PAGINAS, en aproximadamente 4 horas? La respuesta negativa debería imponerse como necesaria en un adecuado Estado de Derecho”, dice la defensa del ex intendente, que va por la reelección en mayo.

“La situación de avasallamiento de derechos que se vivió en este caso fue de gran magnitud; terminada la lectura de aproximadamente cuatro horas de la fiscalía, se hizo un cuarto intermedio de aproximadamente 10 minutos; luego los abogados realizaron sus argumentaciones, como pudieron, en aproximadamente cuarenta minutos. Inmediatamente, surge de la grabación de la audiencia, que la Sra. Juez lee su resolución 456/2025, por la que resuelve la formalización, es de presumir, que previo a la exposición de la defensa, la Juez de garantías, ya tenía redactado el auto de formalización, dado que no dictó, ni se le vio redactar el cuerpo de la resolución, sobre todo respecto de la frase “…en mérito a lo manifestado por las partes en la presente audiencia,…”, sin dudas existen aspectos de las resoluciones de audiencia que pueden preverse, dentro del principio de economía procesal, y es viable adelantar, por ejemplo: identificación de las personas, demás datos formales; pero de ninguna manera las manifestaciones de la defensa pueden ser anticipadas, y además invisibles, ya que en el acta no existes la transcripción de ningún extremo manifestado por alguno de los cuatro abogados defensores que hablaron en la audiencia”, aseguran los abogados.

“Sepa la Sra. Juez y el Tribunal (de Apelaciones), que esto no solo afecta a los patrocinados, sino al abogado en el desempeño de su trabajo. Como nunca antes visto, este raid punitivo, con consecuencias sobre la libertad de los formalizados, y sobre la libertad del trabajo profesional, marca una transgresión que debe ser allanada por el Poder Judicial. Sin dudas, todas las particularidades que se han revelado en este caso no puede desviar el foco de que, quienes nos dedicamos a esta profesión, desde el lugar que sea, nos debemos al derecho, a los derechos, y a la persecución de los perseguidores”, finaliza el recurso de apelación y nulidad.

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